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El delito fiscal se caracteriza por producirse cuando se defrauda a Hacienda Pública estatal, foral, lo cal o autonómica. Puede deberse al disfrute de beneficios obtenidos indebidamente o a que se ha eludido el pago de algún tributo.

¿Dónde se regula el delito fiscal?

La pena principal a tener en cuenta en un delito de esta índole es la que se menciona en el primer apartado del precepto número 305 del Código Penal.

1. El que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de ciento veinte mil euros será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía, salvo que hubiere regularizado su situación tributaria en los términos del apartado 4 del presente artículo.

La mera presentación de declaraciones o autoliquidaciones no excluye la defraudación, cuando ésta se acredite por otros hechos.

Además de las penas señaladas, se impondrá al responsable la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de tres a seis años.

Los indicios del delito fiscal

El delito fiscal tiene un largo recorrido, habiendo sido creado en 1977. No obstante, la ley ha sufrido grandes modificaciones con el paso del tiempo en cuanto a la actualización de las cantidades mínimas para tomarlo como defraudación, a la determinación de las excusas absolutorias, etc...

¿Cuáles son los sujetos que intervienen en un delito fiscal?

Para que podamos hablar de que se ha llevado a cabo un delito fiscal, primero ha de existir una relación Jurídico-tributaria entre sujetos.

El sujeto activo tiene que tener una obligación de pago del fisco. Además de eso, los obligados a realizar retenciones o solicitantes de beneficios fiscales, también podrían ser castigados como sujeto activo de este delito, ya que son parte de dicha relación jurídica con el fisco.

Los asesores fiscales de los sujetos obligados a pagar también podrían ser sujetos activos del delito, pero solo podrían ser autores de delitos instrumentales para cometer el delito fiscal.

Los que si podrían ser autores de un delito fiscal son los que actúan en nombre de otro.

El sujeto pasivo se debe señalar que es Hacienda el sujeto que resulta afectado por este hecho ilícito. Es importante recordar que Hacienda somos todos y por lo tanto, es el conjunto de la sociedad quien se ve perjudicado.

Como determinar la cuantía que hace que se pueda hablar de delito fiscal

Para que se trate de un delito fiscal, la cuantía con la que se defrauda debe superar los 120.000€

Las conductas que se manifiestan en el delito fiscal

La legislación penal necesitará identificar ciertas conductas para considerar que se ha llevado a cabo un delito fiscal:

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