Los delitos contra la ordenación del territorio y el urbanismo son comúnmente conocidos como delitos urbanísticos, y tienen como objetivo proteger el uso racional del suelo y la ordenación del territorio.
Tipos de delitos urbanísticos
Atendiendo al Código Penal, este delito puede ser calificado de tres maneras distintas: en modalidad básica o agravada, y como prevaricación urbanística.
Modalidad básica: Es la que, generalmente, más suele ser castigada por ser aquella que se comete con mayor frecuencia, y consiste en la realización de acciones sobre suelo no categorizado como urbanizable.
Modalidad agravada: Guarda una absoluta similitud con la modalidad básica, excepto por la particularidad de que se realiza sobre suelo sujeto a una protección especial (zonas verdes, espacios destinados a obras viales, bienes públicos, lugares históricos, etc.).
Prevaricación urbanística: Pueden incurrir en ella aquellas personas, ya sean autoridades o funcionarios públicos, encargadas de la realización de informes o inspecciones relativas a la viabilidad legal de la obra o proyecto, que omitan las inspecciones pertinentes para omitir el descubrimiento de irregularidades, emitan falsos informes favorables, o voten favorablemente la elaboración de proyectos siendo conocedores de su inviabilidad normativa.
¿Cuándo ocurre una demolición?
La demolición de la obra o construcción tiene como fin restaurar material y jurídicamente el orden legal del terreno, y sólo podrá ser ordenada por jueces o autoridades competentes.
No siempre se concluye con una demolición, y es que hay factores que pueden influir en la decisión del método para reparar el daño, tales como la gravedad de los hechos, la posibilidad de convertir el hecho en legal, el tipo de terreno, la naturaleza de la construcción…
¿En qué momento se entiende por cometido el delito?
Desde el momento de la iniciación de la construcción u obra, con independencia del nivel de avance de la misma.